Ayer vencía el plazo de recepción de ofertas de tu licitación.
Pero te dijiste:
💭 “No importa… mañana temprano cambio el plazo.”
Hasta que recuerdas algo clave.
📌 Según las Políticas y Condiciones de Uso de Mercado Público (Resolución Exenta N°585-B), cuando llega el plazo de cierre, la licitación pasa a estado “cerrada” y el sistema ya no recibe más ofertas.
Y aquí está el detalle crítico.
📚 El artículo 40 del Reglamento de Compras Públicas señala que las bases y sus modificaciones deben aprobarse mediante acto administrativo.
⚠️ Y si quieres modificar el plazo de cierre…
ese acto debe dictarse antes del vencimiento.
Porque cuando el reloj llega al cierre…
💻 Mercado Público simplemente cierra la licitación.
Sin vuelta atrás.
💡 Conclusión
En compras públicas muchos errores se pueden corregir.
Pero olvidar el acto administrativo antes del cierre del plazo no es uno de ellos.
Y a veces…
esa lección llega a las 3 AM.




