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Términos y Condiciones

Condiciones generales de contratación, cursos, asesorías, retracto y comunicaciones comerciales.

Versión 1.1 · 26 de agosto de 2026

Alcance. Este documento se aplica al acceso y uso de www.gestorpublico.cl y a la contratación de cursos, asesorías, consultorías y productos digitales de Gestor Público. Ninguna cláusula debe interpretarse como renuncia a derechos que la ley declare irrenunciables; si una condición particular de un producto ofrece al cliente una protección mayor, prevalecerá la más favorable.

Términos y Condiciones Generales

Aplicables al acceso, navegación, contratación y uso de productos y servicios de Gestor Público.

1.1. Identificación y aceptación

Los presentes Términos y Condiciones Generales regulan el acceso, navegación, registro, compra, contratación y uso de los productos y servicios ofrecidos bajo la marca Gestor Público a través de www.gestorpublico.cl, sus subdominios, plataformas de aprendizaje, formularios, canales de reserva y demás medios electrónicos oficialmente informados.

El proveedor es Gestor Público SpA, RUT 78.383.912-1, con domicilio en Av. Vicuña Mackenna 11454, La Florida, Santiago, en adelante indistintamente “Gestor Público”, “el Proveedor” o “nosotros”.

La adquisición o contratación requiere que el cliente tenga acceso previo, claro, comprensible e inequívoco a estos Términos y a las condiciones particulares del producto o servicio, y que pueda almacenarlos o imprimirlos. La sola visita al sitio no constituye aceptación ni genera obligación de compra.

La aceptación electrónica mediante una casilla de verificación, botón de confirmación u otro mecanismo inequívoco habilitado en el checkout constituirá manifestación de voluntad para contratar, sin perjuicio de los requisitos adicionales que establezca la ley.

1.2. Ámbito de aplicación y prelación contractual

Estos Términos se aplican a consumidores finales y, cuando corresponda, a empresas u organizaciones. La aplicación de la Ley N.º 19.496 y de otras normas protectoras dependerá de la calidad jurídica del adquirente y de la operación concreta. Las micro y pequeñas empresas pueden gozar de protección en su rol de consumidoras conforme al artículo noveno de la Ley N.º 20.416.

Forman parte del contrato, en lo que resulte aplicable:

En caso de contradicción, prevalecerá la condición particular expresamente aceptada para el producto o servicio, siempre que sea válida y no reduzca derechos irrenunciables del consumidor. En relaciones B2B negociadas individualmente podrán existir reglas específicas que prevalezcan sobre estas condiciones generales.

1.3. Productos y servicios

Gestor Público podrá ofrecer, entre otros:

Cada producto o servicio deberá describir antes de la compra sus características esenciales, modalidad, duración o vigencia, requisitos técnicos, contenido principal, precio total, forma de entrega o acceso y cualquier restricción relevante.

1.4. Formación del contrato electrónico

Antes del pago, Gestor Público exhibirá un resumen de la transacción que identifique el producto o servicio, sus características esenciales, el costo total y las condiciones relevantes de prestación. El cliente deberá contar con mecanismos razonables para revisar y corregir errores en los datos ingresados.

Una vez perfeccionada la contratación, Gestor Público enviará una confirmación escrita por correo electrónico u otro medio electrónico previamente informado, incluyendo o poniendo a disposición de forma conservable una copia íntegra, clara y legible de las condiciones contractuales aceptadas y los antecedentes esenciales de la compra.

Gestor Público podrá conservar evidencia electrónica de la contratación, incluyendo fecha, hora, versión de los Términos aceptados, producto, precio, identidad o correo del cliente, consentimientos y registros técnicos razonablemente necesarios para acreditar la operación.

1.5. Precio, impuestos y medios de pago

Los precios se informarán en pesos chilenos, salvo que se indique expresamente otra unidad o moneda permitida. En ventas a consumidores se informará el costo total a pagar, incluyendo impuestos, comisiones o cargos obligatorios que sean de cargo del cliente.

Cuando exista una promoción, descuento o cupón, se informarán sus condiciones, vigencia y restricciones. Los descuentos no son acumulables salvo indicación expresa.

Los pagos podrán procesarse mediante proveedores externos de pago. Gestor Público no almacena necesariamente la información completa de tarjetas bancarias cuando ésta es tratada directamente por el proveedor de pagos. La aprobación de una transacción puede estar sujeta a controles del emisor o procesador financiero.

En servicios cuya tarifa dependa del alcance, la contratación podrá realizarse mediante cotización o propuesta. Ningún trabajo adicional que implique un cobro nuevo se considerará autorizado por el solo silencio del cliente.

1.6. Facturación y documentos tributarios

El cliente deberá proporcionar datos correctos y suficientes para la emisión del documento tributario que corresponda. Las solicitudes de corrección se gestionarán conforme a las reglas tributarias aplicables y dentro de los plazos técnicamente posibles.

La naturaleza tributaria del documento emitido dependerá de la identidad jurídica del Proveedor, del servicio y de la normativa vigente.

1.7. Registro, cuentas y credenciales

Cuando un servicio requiera cuenta o credenciales, éstas serán personales e intransferibles, salvo que la oferta corporativa disponga expresamente licencias nominativas o multiusuario.

El cliente es responsable de mantener la confidencialidad de sus credenciales y de informar oportunamente accesos no autorizados. No se permite compartir contraseñas, vender accesos, permitir uso simultáneo por terceros no autorizados ni eludir controles de acceso.

Ante indicios razonables de compromiso de seguridad, fraude o uso manifiestamente no autorizado, Gestor Público podrá adoptar medidas temporales y proporcionales para proteger la cuenta, procurando informar al titular y permitir la regularización. Estas medidas no limitarán derechos irrenunciables ni permitirán privar arbitrariamente al cliente de prestaciones pagadas.

1.8. Obligaciones del cliente

1.9. Obligaciones de Gestor Público

1.10. Naturaleza educativa e informativa

Los contenidos de cursos, publicaciones, guías, plantillas y recursos tienen finalidad formativa, informativa y de apoyo profesional. Salvo contratación expresa de un servicio profesional específico, no constituyen representación legal, patrocinio judicial, dictamen de autoridad, certificación oficial de ChileCompra, Contraloría General de la República u otro organismo público.

Las referencias normativas o procedimentales pueden cambiar. Gestor Público procurará mantener contenidos razonablemente actualizados, pero el usuario deberá verificar las reglas vigentes aplicables a una decisión concreta cuando ésta tenga efectos jurídicos, financieros o administrativos relevantes.

1.11. Enlaces y servicios de terceros

El sitio podrá enlazar a Mercado Público, ChileCompra, Contraloría, datos abiertos, bibliotecas jurídicas, plataformas tecnológicas u otros sitios de terceros. Dichos enlaces se ofrecen con fines informativos o funcionales. Gestor Público no controla ni responde por la disponibilidad, contenido o políticas de terceros, sin perjuicio de la responsabilidad que legalmente corresponda por proveedores contratados directamente para prestar parte del servicio.

1.12. Disponibilidad tecnológica y mantenimiento

Gestor Público adoptará medidas razonables para mantener sus plataformas disponibles. Podrán existir interrupciones por mantenimiento, actualizaciones, fallas de internet, servicios de terceros, fuerza mayor o ciberincidentes. Cuando una interrupción imputable a Gestor Público afecte de manera relevante el acceso pagado, se procurará extender el acceso, reprogramar o proporcionar una solución equivalente.

Ninguna cláusula debe interpretarse como una exención absoluta por fallas imputables al Proveedor.

1.13. Modificaciones de los Términos

Gestor Público podrá actualizar estos Términos para operaciones futuras por cambios normativos, tecnológicos, comerciales o de seguridad. La versión vigente se publicará indicando su fecha de actualización.

Las compras ya perfeccionadas se regirán por la versión aceptada al contratar, salvo que una modificación sea exigida por ley, resulte necesaria para proteger la seguridad del servicio o sea más favorable al cliente. No se modificarán unilateralmente elementos esenciales de una prestación ya pagada en perjuicio del consumidor.

1.14. Atención, reclamos y comunicaciones contractuales

Las consultas, reclamos, solicitudes de soporte, retracto o devolución podrán dirigirse a contacto@gestorpublico.cl, o al canal oficial informado en el sitio.

Las comunicaciones contractuales se enviarán al correo proporcionado por el cliente. Corresponde al cliente mantenerlo actualizado y revisar razonablemente su bandeja de entrada y carpeta de correo no deseado.

1.15. Legislación aplicable y resolución de controversias

Estos Términos se rigen por las leyes de la República de Chile. Las partes procurarán resolver de buena fe cualquier controversia mediante los canales de atención de Gestor Público.

Lo anterior no limita el derecho del consumidor a recurrir al Servicio Nacional del Consumidor cuando corresponda ni a ejercer acciones ante el tribunal competente conforme a la legislación aplicable. No se establece una prórroga de competencia que prive al consumidor de los fueros o derechos que la ley le reconoce.

Política de Cursos y Capacitaciones

Reglas aplicables a cursos asincrónicos, sincrónicos, talleres, webinars y programas corporativos.

2.1. Objeto

Esta Política regula la inscripción, acceso, participación, evaluación, certificación, reprogramación y uso de contenidos en los cursos y capacitaciones ofrecidos por Gestor Público. Se complementa con las condiciones particulares de cada programa.

2.2. Modalidades

2.3. Información previa obligatoria

Antes del pago, la ficha del curso deberá informar, según corresponda:

2.4. Matrícula, cupos y activación

La inscripción se entenderá confirmada una vez aprobado el pago o aceptada formalmente la modalidad de contratación informada. En programas con cupos limitados, la disponibilidad se verificará antes de completar la contratación.

En cursos asincrónicos, el acceso será habilitado en el plazo indicado en la ficha o confirmación. En cursos sincrónicos, el enlace de conexión y las instrucciones se remitirán al correo registrado.

2.5. Duración del acceso

El periodo de acceso será el informado en la ficha de cada curso. No se presume acceso indefinido. Cuando Gestor Público ofrezca acceso de por vida, deberá definirse expresamente qué significa esa expresión y cuál es el alcance técnico de la disponibilidad.

Si una interrupción imputable a Gestor Público impide el acceso durante un periodo significativo, se podrá extender la vigencia por un plazo equivalente o adoptar una solución razonable.

2.6. Contenidos y actualizaciones

Gestor Público podrá actualizar ejemplos, normas citadas, plantillas, orden de módulos o materiales para mantener su vigencia y calidad, siempre que no reduzca sustancialmente el contenido esencial comprometido.

En materias sujetas a cambios legales o administrativos, las actualizaciones posteriores a la finalización o vencimiento del curso no forman parte del servicio salvo que se haya ofrecido expresamente un periodo de actualización.

2.7. Relatores y cambios de programación

Cuando exista causa justificada, Gestor Público podrá reemplazar a un relator por otro de competencia equivalente o reprogramar una sesión, informando oportunamente. Si el cambio altera de manera sustancial una condición esencial que motivó la contratación, el cliente podrá optar por una alternativa equivalente o la devolución de la parte no prestada, sin perjuicio de sus derechos legales.

2.8. Asistencia, atrasos e inasistencia

En cursos sincrónicos, el participante es responsable de conectarse oportunamente. Los atrasos no extenderán automáticamente la duración de la sesión.

La inasistencia del participante no genera por sí sola derecho a reembolso cuando la actividad se realizó y el cupo estuvo disponible, salvo que corresponda un derecho legal o una política comercial más favorable. Cuando la naturaleza del programa lo permita, Gestor Público podrá ofrecer grabación, material o reubicación de cupo como cortesía comercial.

2.9. Evaluaciones y certificados

Los requisitos de aprobación, asistencia mínima, calificación y emisión de certificados se informarán antes de la compra cuando formen parte del curso.

Los certificados emitidos por Gestor Público acreditan la participación o aprobación del programa conforme a sus reglas. No equivalen a un título académico, certificación oficial de ChileCompra, acreditación estatal, franquicia SENCE u otra calidad oficial salvo que ello se indique expresamente y sea efectivo.

Podrá denegarse la certificación cuando el participante no cumpla requisitos previamente informados, sin que ello implique incumplimiento del servicio si el curso fue prestado correctamente.

2.10. Reglas de conducta y comunidad

Ante incumplimientos graves, Gestor Público podrá adoptar medidas proporcionales para proteger a la comunidad, procurando informar al participante y resguardar sus derechos contractuales.

2.11. Grabación de clases

Las sesiones podrán ser grabadas únicamente cuando ello se informe previamente. La finalidad puede incluir entrega posterior a participantes, respaldo académico o mejora de la capacitación. Si la grabación capta imagen, voz, nombre o intervenciones de participantes, el tratamiento se realizará conforme a la Política de Privacidad y a los consentimientos o bases legales aplicables.

Cuando sea razonablemente posible, se ofrecerán alternativas para participar sin activar cámara o minimizando la exposición de datos personales.

2.12. Materiales descargables y licencia

Las plantillas, presentaciones, guías, videos, checklists y demás materiales se entregan bajo una licencia limitada, no exclusiva y no transferible para aprendizaje y uso profesional propio o interno de la organización cuando la compra así lo permita. No se autoriza su reventa, distribución masiva ni publicación en plataformas de terceros.

2.13. Cursos corporativos

Las capacitaciones corporativas podrán regularse mediante propuesta específica respecto de número de participantes, licencias, personalización, calendario, grabaciones, uso de marca, confidencialidad, materiales y cancelaciones.

La organización contratante será responsable de identificar a los participantes autorizados y de informarles las reglas de privacidad y uso de la plataforma.

Política de Asesorías y Consultorías

Condiciones para servicios profesionales, acompañamientos y proyectos a medida.

3.1. Objeto y alcance

Esta Política regula las asesorías, consultorías, diagnósticos, acompañamientos, revisiones documentales, sesiones técnicas y proyectos profesionales prestados por Gestor Público.

Cada servicio deberá contar con una descripción suficiente de su alcance. En proyectos de mayor complejidad, la propuesta o cotización deberá identificar objetivos, entregables, exclusiones, etapas, honorarios, plazos estimados, responsables y supuestos de trabajo.

3.2. Obligación de medios, no de resultado

Salvo que se pacte expresamente un resultado objetivo y verificable que dependa exclusivamente de Gestor Público, las asesorías y consultorías constituyen una obligación de medios: Gestor Público se compromete a prestar el servicio con diligencia, competencia técnica y conforme al alcance acordado, pero no garantiza decisiones o resultados que dependan del cliente, de terceros, del mercado o de autoridades.

APLICACIÓN ESPECIAL A MERCADO PÚBLICO

Una asesoría a proveedores puede mejorar la calidad de una oferta, estrategia o proceso, pero no puede garantizar adjudicaciones, ventas, aceptación de antecedentes, incorporación a convenios, ni decisiones de organismos compradores. La adjudicación y demás decisiones del procedimiento corresponden a la entidad pública competente.

3.3. No representación de autoridades ni patrocinio jurídico

Gestor Público es una marca privada e independiente. Salvo información expresa en contrario, no actúa en representación de ChileCompra, Mercado Público, Contraloría General de la República, Dirección de Compras, municipalidades, ministerios u otros organismos públicos.

La asesoría técnica en compras públicas no constituye patrocinio judicial, defensa ante tribunales ni dictamen jurídico emitido por abogado, salvo que el servicio específico sea prestado por un profesional legalmente habilitado y así se informe expresamente.

3.4. Inicio del servicio

La prestación podrá considerarse iniciada cuando Gestor Público notifique al cliente el comienzo de una actividad comprendida en el servicio, como una reunión, revisión de antecedentes, análisis, diagnóstico, elaboración de entregables, configuración, acceso solicitado o cualquier otra ejecución expresamente informada. Para efectos del retracto en contratación a distancia se aplicará además la normativa especial indicada en la Política de Retracto.

3.5. Deberes del cliente

Los atrasos derivados de información incompleta, cambios de alcance o falta de respuesta del cliente podrán modificar el calendario, previa comunicación razonable.

3.6. Alcance y cambios

Todo trabajo que exceda el alcance contratado deberá ser acordado antes de su ejecución cuando implique mayor costo, plazo o recursos. El silencio del cliente no constituye aceptación de nuevos cobros.

Las revisiones incluidas serán las señaladas en la propuesta. Las modificaciones que cambien sustancialmente la finalidad, datos de entrada o alcance podrán requerir una nueva cotización.

3.7. Reuniones, reprogramaciones e inasistencia

Salvo condición particular distinta, el cliente podrá solicitar una reprogramación sin costo con al menos 24 horas de anticipación, sujeta a disponibilidad.

Las solicitudes con menor anticipación serán evaluadas según las circunstancias. Una inasistencia injustificada podrá considerarse sesión utilizada cuando esa consecuencia haya sido informada previamente en la reserva. Situaciones de fuerza mayor se evaluarán razonablemente.

Si Gestor Público cancela una sesión, ofrecerá reprogramación prioritaria o devolución de la parte no prestada, a elección del cliente cuando corresponda.

3.8. Confidencialidad

Gestor Público mantendrá reserva sobre la información no pública recibida para ejecutar el servicio y la utilizará únicamente para los fines de la contratación, salvo autorización del cliente, obligación legal, defensa de derechos o requerimiento de autoridad competente.

La confidencialidad no se extiende a información pública, obtenida legítimamente de terceros, desarrollada independientemente o que deba revelarse por mandato legal.

Cuando un proyecto requiera un nivel de confidencialidad reforzado, las partes podrán suscribir un acuerdo específico de confidencialidad.

3.9. Datos personales contenidos en documentos

El cliente deberá evitar entregar datos personales o sensibles que no sean necesarios para la asesoría. Si los documentos contienen datos de terceros, el cliente declara contar con una base legítima para comunicarlos y Gestor Público los tratará sólo en la medida necesaria para prestar el servicio, conforme a la Política de Privacidad.

3.10. Conflictos de interés

Por la naturaleza del ámbito de compras públicas y proveedores, Gestor Público podrá abstenerse de prestar o continuar una asesoría cuando exista un conflicto de interés real que comprometa la independencia, confidencialidad o integridad del servicio, especialmente si se solicita asesorar intereses contrapuestos dentro de un mismo procedimiento específico.

Cuando el conflicto sea detectado después de contratar, Gestor Público informará al cliente y procurará una solución razonable, que podrá incluir reasignación, limitación del alcance o término con devolución proporcional de la parte no ejecutada.

3.11. Entregables y aceptación

Los entregables se considerarán puestos a disposición cuando sean enviados al canal acordado o habilitados para descarga. La falta de observaciones dentro de un plazo razonable no impedirá ejercer derechos por defectos o incumplimientos, pero podrá permitir cerrar administrativamente una etapa para efectos de planificación.

La aceptación de un entregable no transfiere derechos de propiedad intelectual sobre metodologías, plantillas base o know-how preexistente, salvo acuerdo escrito.

3.12. Costos de terceros

Tasas, licencias, traducciones, desplazamientos, servicios externos u otros costos de terceros no estarán incluidos salvo que se indiquen expresamente. Ningún costo adicional será cargado al cliente sin información previa y aceptación cuando ésta sea requerida.

3.13. Terminación anticipada

Antes del inicio del servicio se aplicarán las reglas de retracto o cancelación que correspondan. Una vez iniciado, si el cliente solicita terminar anticipadamente, se liquidarán de forma transparente las prestaciones efectivamente ejecutadas y los costos de terceros no recuperables previamente autorizados, devolviéndose la parte no ejecutada cuando corresponda.

Gestor Público podrá terminar un servicio por incumplimiento grave del cliente, previa comunicación y oportunidad razonable de subsanar cuando ello sea posible, sin perjuicio de los derechos legales de las partes.

Política de Retracto, Cancelaciones y Reembolsos

Diseñada para contratación electrónica de servicios en Chile y para políticas comerciales adicionales.

4.1. Principio general

Esta Política distingue entre (i) derechos legales del consumidor, incluido el derecho a retracto cuando proceda, y (ii) beneficios comerciales adicionales de cancelación, reprogramación o crédito que Gestor Público pueda ofrecer. Los beneficios comerciales nunca reducen un derecho legal aplicable.

4.2. Derecho a retracto en contratación a distancia

En los contratos celebrados por medios electrónicos o a distancia, el consumidor tiene, por regla general, derecho a poner término unilateralmente al contrato de servicio dentro de 10 días contados desde la contratación y antes del inicio de la prestación, conforme al artículo 3 bis de la Ley N.º 19.496.

En servicios, la ley permite al proveedor excluir el derecho a retracto, pero sólo si dicha exclusión se informa oportunamente y cumple las exigencias legales y reglamentarias. Una cláusula escondida en estos Términos, por sí sola, no reemplaza la advertencia previa exigida por el Reglamento.

4.3. Exclusión del retracto en determinados servicios

Gestor Público podrá disponer expresamente la exclusión del derecho a retracto para determinados servicios, por ejemplo cuando se ofrezca acceso digital inmediato, activación inmediata de una plataforma, reserva de agenda o ejecución inmediata, siempre que la exclusión sea jurídicamente procedente.

Para que dicha exclusión sea oponible, deberá comunicarse antes de la celebración del contrato y/o del pago, en español, en términos comprensibles, fácilmente accesibles, en el mismo lugar o momento en que se informa el precio y las características del servicio, mediante una advertencia inequívoca y destacada cuyo tamaño no sea inferior al utilizado para informar el precio, empleando expresamente la frase “derecho a retracto”.

4.4. Inicio de la prestación

Para los efectos del Reglamento de retracto en servicios, Gestor Público notificará al consumidor cuando la prestación se haya iniciado. Según el servicio, esa notificación podrá referirse, entre otros, a la habilitación efectiva de acceso, inicio de una sesión, comienzo de una revisión, diagnóstico, elaboración o configuración.

En cursos asincrónicos de acceso inmediato, se recomienda enviar un correo específico de “inicio del servicio” al momento de habilitar el acceso. En asesorías, se notificará el inicio cuando comience la actividad profesional acordada.

4.5. Cómo ejercer el retracto

Cuando el retracto sea procedente, el consumidor podrá ejercerlo utilizando el mismo medio empleado para contratar o mediante contacto@gestorpublico.cl. La solicitud deberá permitir identificar razonablemente la compra.

Se recomienda incluir:

No se exigirá al consumidor expresar una causa para ejercer un retracto legal.

4.6. Efectos y plazo de devolución

Si el retracto legal procede, Gestor Público devolverá las sumas abonadas sin retención de gastos, a la mayor brevedad posible y, en todo caso, dentro del máximo legal aplicable, actualmente 45 días desde la comunicación del retracto.

Gestor Público procurará iniciar operacionalmente el reembolso dentro de 10 días hábiles desde su aprobación. El tiempo en que el abono se refleje puede depender del banco o procesador de pagos.

Cuando el medio de pago original no permita técnicamente la devolución, se solicitarán los datos necesarios para efectuarla por una vía alternativa segura.

4.7. Cancelación comercial de cursos sincrónicos

Sin perjuicio del retracto legal que corresponda, y salvo que la ficha del curso ofrezca condiciones más favorables, Gestor Público podrá aplicar la siguiente política comercial:

AnticipaciónAlternativa comercialObservación
7 o más días corridos antes del inicioReembolso del 100% o cambio de fechaA elección del cliente.
Entre 6 días y 48 horas antesUna reprogramación o crédito equivalenteSujeto a disponibilidad y vigencia informada.
Menos de 48 horas o inasistenciaSin reembolso comercial automáticoSe evaluarán fuerza mayor y derechos legales aplicables.

4.8. Cursos asincrónicos y productos digitales

En cursos on-demand o servicios digitales, el derecho a retracto dependerá de si fue válidamente excluido antes del pago y del momento de inicio de la prestación. Si no existe exclusión válida y el servicio aún no ha comenzado, se aplicará el retracto legal.

Las fallas de acceso, archivos defectuosos o imposibilidad imputable a Gestor Público de entregar lo ofrecido serán corregidas mediante restablecimiento, reemplazo, extensión de acceso o devolución cuando no sea posible cumplir la prestación.

No se considerará falla imputable a Gestor Público la incompatibilidad con un dispositivo o software cuando los requisitos técnicos hayan sido informados de forma clara antes de la compra.

4.9. Asesorías y reuniones

Salvo condición específica más favorable, una reunión podrá reprogramarse una vez sin costo si la solicitud se recibe con al menos 24 horas de anticipación. La nueva fecha estará sujeta a disponibilidad.

Una cancelación con menor anticipación o una inasistencia podrá considerarse sesión utilizada cuando esta consecuencia haya sido informada al reservar, sin perjuicio de casos de fuerza mayor y de derechos legales aplicables.

Si Gestor Público no puede realizar la sesión, ofrecerá reprogramación prioritaria o devolución total de la sesión no prestada.

4.10. Consultorías y servicios a medida

Si un proyecto se cancela antes de su inicio y procede retracto o devolución, se reintegrará lo pagado según corresponda. Una vez iniciado, cualquier devolución comercial se calculará sobre la parte no ejecutada, considerando únicamente prestaciones efectivamente realizadas y costos de terceros no recuperables que hubieran sido previamente informados o autorizados.

No se aplicarán penalidades desproporcionadas ni deducciones genéricas que priven al consumidor de derechos legales.

4.11. Cancelación o reprogramación por Gestor Público

Cuando Gestor Público cancele una actividad por una causa imputable al Proveedor, el cliente podrá optar, según la naturaleza del servicio, entre reprogramación, alternativa equivalente o devolución de la parte no prestada.

En caso de fuerza mayor o hechos externos, Gestor Público procurará reprogramar o entregar una solución equivalente. Si la prestación se vuelve imposible, se devolverán las sumas correspondientes a la parte no ejecutada conforme a la ley.

4.12. Cobros duplicados, no reconocidos o erróneos

El cliente deberá informar cobros duplicados, montos distintos a los autorizados o transacciones desconocidas tan pronto los detecte. Gestor Público revisará sus registros y coordinará con el procesador de pagos la corrección que corresponda, sin perjuicio de los derechos del titular de la tarjeta frente a su entidad financiera.

4.13. Créditos, cupones y promociones

Los créditos comerciales y cupones estarán sujetos a las condiciones de vigencia informadas. No sustituyen un reembolso legal obligatorio. Si una compra es anulada por causa imputable a Gestor Público, se procurará restituir o reponer el beneficio promocional cuando ello sea razonable.

4.14. Derechos irrenunciables

Nada de esta Política limita la garantía legal, el derecho a información, la reparación por incumplimiento ni otros derechos irrenunciables que correspondan conforme a la legislación chilena.

Política de Comunicaciones Comerciales

Email marketing, WhatsApp, formularios, recursos gratuitos, newsletters y promociones.

8.1. Alcance

Esta Política regula los correos promocionales, newsletters, mensajes de WhatsApp o servicios de mensajería, invitaciones, ofertas, lanzamientos, contenidos comerciales y otras comunicaciones destinadas a promover productos o servicios de Gestor Público.

8.2. Diferencia entre comunicaciones transaccionales y comerciales

Las comunicaciones transaccionales son necesarias para ejecutar una compra o relación vigente: confirmación de pedido, acceso a curso, recordatorios de clase, facturación, soporte, cambios de horario, seguridad o reembolsos.

Las comunicaciones comerciales tienen por finalidad promocionar cursos, asesorías, productos, descuentos, eventos o contenidos. Se gestionarán separadamente cuando corresponda.

8.3. Consentimiento y registro de preferencias

Cuando la comunicación requiera consentimiento, éste deberá ser libre, informado, específico e inequívoco conforme a la normativa aplicable. Se recomienda utilizar una casilla no premarcada y conservar evidencia de la fecha, formulario, finalidad y versión del texto aceptado.

8.4. Recursos gratuitos

Solicitar un ebook, guía, plantilla o recurso gratuito permite tratar los datos necesarios para entregar ese recurso. La suscripción a publicidad o newsletter no debe presumirse automáticamente por la sola descarga cuando sea necesario un consentimiento separado.

Si en el futuro se estructura una oferta en la que el consentimiento para un tratamiento específico sea la única contraprestación por un beneficio gratuito, dicha mecánica deberá informarse de forma especialmente transparente y revisarse conforme a la legislación vigente al momento de implementarla.

8.5. Requisitos de los correos promocionales

Toda comunicación promocional o publicitaria enviada por correo electrónico deberá indicar la materia o asunto, identificar al remitente y contener una dirección o mecanismo válido para solicitar la suspensión de los envíos.

Una vez solicitada la suspensión, Gestor Público dejará de enviar nuevas comunicaciones promocionales por ese canal, sin perjuicio de mensajes transaccionales legítimos que sean necesarios para cumplir contratos vigentes.

8.6. WhatsApp, mensajería y llamadas

Las comunicaciones promocionales por servicios de mensajería o llamadas deberán ofrecer una forma expedita para solicitar su suspensión. Gestor Público respetará las solicitudes de cese y las preferencias registradas.

Se recomienda permitir expresiones simples como “SALIR”, “STOP” o “NO QUIERO RECIBIR MÁS MENSAJES”, sin exigir procedimientos innecesarios.

8.7. Sistema SERNAC “No Molestar”

Cuando Gestor Público reciba una solicitud de suspensión a través de los mecanismos oficiales de SERNAC u otro canal legalmente reconocido, adoptará las medidas necesarias para detener las comunicaciones promocionales comprendidas en la solicitud.

8.8. Segmentación y analítica comercial

Gestor Público podrá analizar interacciones con sus contenidos para mejorar campañas o segmentar audiencias cuando exista una base jurídica aplicable. Desde el 1 de diciembre de 2026, cualquier perfilamiento que implique tratamiento de datos personales deberá cumplir los principios y derechos establecidos por la Ley N.º 19.628 modificada por la Ley N.º 21.719.

8.9. Prohibición de prácticas engañosas

Las comunicaciones comerciales deberán ser identificables, veraces y coherentes con las características reales del producto. No se utilizarán promesas garantizadas de adjudicación, resultados profesionales, ingresos o beneficios que no puedan sostenerse objetivamente.

8.10. Listas de supresión

Gestor Público podrá conservar el dato mínimo necesario en una lista de supresión para evitar volver a contactar promocionalmente a quien solicitó darse de baja. Este registro no se utilizará para marketing.