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Jurisprudencia y Contraloría

🔎 ¿Tus actos administrativos respetan los montos de toma de razón? Revisarlo puede evitar incumplimientos

A partir del 1 de marzo de 2025, los actos administrativos se ajustan a la resolución N° 36 de la Contraloría General de la República (CGR) que regula…

Elías González M.
· 2 min de lectura
Tus actos administrativos respetan los montos de toma

A partir del 1 de marzo de 2025, los actos administrativos se ajustan a la resolución N° 36 de la Contraloría General de la República (CGR) que regula el control previo de juridicidad ⚖️.

📌 Puntos clave:
✅ La toma de razón es un control obligatorio de legalidad antes de que un acto administrativo entre en vigencia.

✅ El control puede terminar en:

🥇toma de razón.

🥈toma de razón con alcance.

❎representación.

📅 Las UTM que se usan para enviar actos administrativos a toma de razón corresponden siempre a las del mes de enero del año en que se emite el acto.

💰 En el caso de unidades reajustables como la UF, primero se convierten a pesos al momento de dictar el acto, y luego se transforman al valor de la UTM de enero de ese año.

  • En bases administrativas, solo se revisarán las generales y especiales, no las especificaciones técnicas, dado que Contraloría no evalúa el mérito.
  • En materia de contratación administrativa, deberán someterse a toma de razón:

Contratos de bienes y servicios por trato directo o licitación privada que superen las 8.000 UTM.

Contratos por licitación pública, innovación o subasta inversa que superen las 10.000 UTM.

Contratos por servicios de guardias de seguridad o de vigilantes privados, servicios de aseo, arriendo de vehículos y de equipamiento informático, que superen las 15.000 UTM.

Algunos contratos quedarán exentos cuando se ajusten a formatos tipo ya validados por la CGR.

Contratos de obra por licitación pública que superen las 12.000 UTM.

🔍Regla especial: quedarán exentos los actos administrativos que apliquen bases tipo tomadas razón, en tal caso, se someterá a toma de razón la respectiva adjudicación.

⚖️ Esta medida fortalece la transparencia, la seguridad jurídica y la correcta aplicación de los recursos públicos.

📸 Imagen extraída de ChileCompra

Fuentes y normativa relacionada

Los contenidos de este artículo tienen finalidad formativa. Verifica siempre la normativa vigente aplicable a tu caso concreto.

Elías González, fundador de Gestor Público

Sobre el autor

Elías González M.

Profesional con más de 10 años de experiencia en compras públicas, contratos, licitaciones, control de gestión y docencia. Ha trabajado dentro del Estado en procesos de compra y administración de contratos, y hoy acompaña a compradores públicos y proveedores a través de Gestor Público.

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