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💰 ¿Sabes cómo imputar correctamente un contrato de más de un presupuestario?

Muchos funcionarios públicos enfrentan este dilema al momento de contratar servicios que se extienden más allá del año en curso . Y ojo , porque la…

Elías González M.
· 1 min de lectura
Sabes cómo imputar correctamente un contrato de más

Muchos funcionarios públicos enfrentan este dilema al momento de contratar servicios que se extienden más allá del año en curso 📅.

Y ojo 👀, porque la Contraloría General de la República fue clarísima en su Dictamen N° E137382 del 14 de agosto de 2025.

📜 Según el dictamen:

“Los pagos que se generen con imputación a presupuestos futuros solo procederán en la medida que exista disponibilidad presupuestaria y se cumplan las condiciones previstas para esos desembolsos.”

En simple:
✅ Si contratas un servicio que dura 2025 y 2026, debes imputar el gasto de 2025 al presupuesto en curso.

🧾 En el resuelvo “impútese” del acto administrativo, se debe indicar el monto cargado al presupuesto 2025.

💡 Pero además, el acto administrativo debe dejar constancia que los pagos del 2026 solo procederán si hay presupuesto disponible y si se cumplen las condiciones previstas para esos desembolsos.

⚖️ Esto asegura transparencia, control y responsabilidad fiscal en cada contratación del Estado.

Conclusión: que no se te olvide indicar dicho párrafo para tus actos administrativos que involucren presupuesto futuro.

Fuentes y normativa relacionada

Los contenidos de este artículo tienen finalidad formativa. Verifica siempre la normativa vigente aplicable a tu caso concreto.

Elías González, fundador de Gestor Público

Sobre el autor

Elías González M.

Profesional con más de 10 años de experiencia en compras públicas, contratos, licitaciones, control de gestión y docencia. Ha trabajado dentro del Estado en procesos de compra y administración de contratos, y hoy acompaña a compradores públicos y proveedores a través de Gestor Público.

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