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🚨😰 Cuando adjudicas mal… no improvises. Aplica derecho. ⚖️

Te das cuenta tarde. Relees el informe de evaluación Cruzas las bases con la evaluación Y algo no cuadra La adjudicación ya está publicada El error es…

Elías González M.
· 3 min de lectura
Cuando adjudicas mal… no improvises. Aplica derecho
En este artículo
  1. ¿Y ahora qué hacemos?
  2. La clave está, en una palabra: INVALIDACIÓN
  3. Paso 1: Verifica si procede la invalidación
  4. Paso 2: ¿De oficio o a petición de parte?
  5. La invalidación puede ser solicitada
  6. Paso 3: Audiencia previa
  7. Paso 4: Actuar dentro del plazo de 2 años
  8. Paso 5: El expediente de invalidación
  9. Paso 6: Validación parcial
  10. Pero ¿Y qué ha dicho la Contraloría General de la República?
  11. La jurisprudencia administrativa ha sido clara y consistente
  12. Compradores públicos

Te das cuenta tarde.
Relees el informe de evaluación 📄
Cruzas las bases con la evaluación 🔍
Y algo no cuadra ❌

La adjudicación ya está publicada 📢
El error es real.
Y la pregunta aparece con fuerza:

¿Y ahora qué hacemos?

Muchos creen que ya no hay vuelta atrás 😬
Otros piensan en “arreglos creativos” (grave error) 🚫
Pero el Derecho Administrativo es claro…
y también ofrece una salida legal, formal y responsable ✅

La clave está, en una palabra: INVALIDACIÓN

¿Sabías que invalidar un acto administrativo no solo es posible, sino también necesario en algunos casos? Si cometiste un error en un proceso de compra, la invalidación es la solución más segura y legal. Pero, ¿cómo hacerlo correctamente?

Aquí te dejo el paso a paso para invalidar un acto administrativo conforme a la Ley 19.880 (De bases procedimientos administrativos). ¡Toma nota!

Paso 1: Verifica si procede la invalidación

Según el artículo 53 de la Ley 19.880, la invalidación puede ser total o parcial, pero solo si:

🔹 El acto administrativo es contrario a derecho.
🔹 No afecta derechos adquiridos por terceros ni situaciones consolidadas ⚖️.

Paso 2: ¿De oficio o a petición de parte?

La invalidación puede ser solicitada

🔹 De oficio por la misma autoridad administrativa.
🔹 A solicitud de parte interesada, es decir, de un involucrado que vea afectado su derecho.

Paso 3: Audiencia previa

El artículo 53 también especifica que debe darse audiencia a los interesados antes de invalidar un acto administrativo. Esto asegura que todas las partes puedan presentar su punto de vista.

Paso 4: Actuar dentro del plazo de 2 años

El plazo para iniciar el procedimiento de invalidación es de 2 años a contar desde la notificación o publicación del acto. ¡No dejes pasar el tiempo! ⏱️

Paso 5: El expediente de invalidación

Es necesario reunir todos los antecedentes pertinentes en el expediente y resolver conforme a derecho. El acto invalidatorio será impugnable ante los tribunales, por lo que debe estar bien fundamentado.

Paso 6: Validación parcial

Si solo se invalida una parte del acto administrativo, asegúrate de que la parte restante quede independiente y no afecte la validez del proceso general.

Pero ¿Y qué ha dicho la Contraloría General de la República?

La jurisprudencia administrativa ha sido clara y consistente

🔹 Dictámenes N° 33.010 (2015) y 5.368 (2020)
👉 Procede la invalidación solo si no se lesionan derechos adquiridos de terceros
👉 No pueden afectarse situaciones jurídicas consolidadas

🔹 Dictamen N° E22.265 (2020)
👉 La autoridad debe iniciar el procedimiento de invalidación
👉 Dar audiencia previa a los interesados
👉 Reunir antecedentes 📂
👉 Y resolver conforme a derecho ⚖️

Compradores públicos

Invalidar no es un fracaso ❌
Fracaso es sostener un acto ilegal por miedo a corregirlo 🚨

Fuentes y normativa relacionada

Los contenidos de este artículo tienen finalidad formativa. Verifica siempre la normativa vigente aplicable a tu caso concreto.

Elías González, fundador de Gestor Público

Sobre el autor

Elías González M.

Profesional con más de 10 años de experiencia en compras públicas, contratos, licitaciones, control de gestión y docencia. Ha trabajado dentro del Estado en procesos de compra y administración de contratos, y hoy acompaña a compradores públicos y proveedores a través de Gestor Público.

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