Saltar al contenido
Gestor PúblicoCentro de Conocimiento
Gestión de Contratos

🚨 ¿Renovación AUTOMPATICAS de contratos en Compras Públicas? 🚨

En compras públicas, una mala cláusula puede costar caro Y la renovación contractual es uno de esos temas donde el error se repite… más de lo que…

Elías González M.
· 2 min de lectura
Renovación AUTOMPATICAS de contratos en Compras Públicas

⚠️En compras públicas, una mala cláusula puede costar caro
Y la renovación contractual es uno de esos temas donde el error se repite… más de lo que creemos.

Antes, el antiguo reglamento (DS 250) era claro:
👉 la renovación era excepcional,
👉 debía estar fundada,
👉 prevista en bases o contrato,
👉 y solo por una vez.

Hoy, con el nuevo Reglamento de Compras Públicas (DS 661/2024), el escenario cambió 🧩
La regulación expresa desaparece y solo se menciona de forma aislada.
¿Resultado? Un vacío normativo que obliga a interpretar con lupa.

La doctrina no es unánime:
🔹 Para algunos, la renovación es una modificación contractual, sujeta a límites.
🔹 Para otros, es una cláusula contractual, amparada en la libertad de las partes.

Pero aquí viene lo clave 👇
📌 Libertad contractual no es carta blanca.
📌 No existen (ni pueden existir) renovaciones automáticas o sucesivas.

  • La Contraloría General de la República ha sido categórica al respecto:
  • Los dictámenes N° 46.746/2009 y N° 38.612/2013 establecen que las cláusulas de renovación automática pugnan con el sistema de propuesta pública, afectando la transparencia y la probidad administrativa.
  • Esta línea interpretativa ha sido reafirmada recientemente en el dictamen E149017/2025, reforzando que dichas cláusulas vulneran los principios que rigen la contratación pública.

La renovación sí puede existir, pero solo si:
✔️ está prevista en las bases o en el contrato,
✔️ respeta los principios de la contratación pública,
✔️ y se utiliza con justificación, proporcionalidad y control.

👉 Renovar no es evadir licitar.
👉 Renovar no es eternizar contratos.
👉 Renovar es una decisión jurídica y estratégica, no un trámite automático.

💭 Cuando la norma guarda silencio, los principios llenan el vacío.
Y en compras públicas, ignorarlos no solo genera riesgos jurídicos,
pone en juego la legitimidad de todo el sistema.

Fuentes y normativa relacionada

Los contenidos de este artículo tienen finalidad formativa. Verifica siempre la normativa vigente aplicable a tu caso concreto.

Elías González, fundador de Gestor Público

Sobre el autor

Elías González M.

Profesional con más de 10 años de experiencia en compras públicas, contratos, licitaciones, control de gestión y docencia. Ha trabajado dentro del Estado en procesos de compra y administración de contratos, y hoy acompaña a compradores públicos y proveedores a través de Gestor Público.

Ver todos sus artículos →

¿Te sirvió? El Gestor publica esto todos los días.

Síguelo donde más te acomode, o recibe el radar del sector en tu correo más abajo.

También te puede interesar

Más de Gestión de Contratos →

¿Trabajas con compras públicas?

Accede a recursos, cursos y herramientas diseñadas para compradores públicos y proveedores del Estado.

Recurso gratis

Descarga el checklist de habilitación en Mercado Público

La diferencia entre tener cuenta y estar habilitado, los 4 pasos y los 7 errores que dejan fuera a las pymes. Te lo enviamos a tu correo, junto con contenido práctico de compras públicas.