Y sí… todavía veo este error en varias entidades públicas.
En una ocasión escuché:
“La Comisión decidió revocar el proceso”.
Ahí está el problema.
📌 La Comisión recomienda.
📌 La Autoridad decide.
(Art. 57 Reglamento Ley 19.886 📚)
La Comisión puede:
✔️ Aplicar criterios y ponderaciones
✔️ Declarar inadmisibilidades
✔️ Calcular puntajes
✔️ Recomendar adjudicar
✔️ Proponer declarar desierta
Pero no revocar.
En compras públicas, respetar las competencias no es formalismo…
es seguridad jurídica ⚖️
Y cuando entiendes esa diferencia, reduces riesgos para el servicio…
y para ti.




