Una oferta muy por debajo del resto no es automáticamente una mala oferta, pero tampoco se puede adjudicar sin más. La Ley y el Reglamento le dan a la entidad una herramienta concreta: pedir explicaciones y, si no las hay, declarar la oferta inadmisible por riesgosa o temeraria.
Esta guía explica cuándo procede, cuál es el procedimiento exacto con sus plazos y qué tiene que hacer un proveedor para defender un precio bajo que sí es sostenible.
Qué es una oferta riesgosa o temeraria
La entidad podrá declarar inadmisible una o más ofertas si determina que se trata de ofertas riesgosas o temerarias. La figura apunta a un precio que, por lo bajo, hace dudar de que el contrato pueda cumplirse en las condiciones ofrecidas.
Son dos los casos que la gatillan. El primero, cuando el precio ofertado está significativamente por debajo del promedio de las otras propuestas. El segundo, cuando el precio ofertado está por debajo de los precios de mercado.
En ambos casos hay una condición que decide el resultado: que el oferente no justifique documentadamente, en las especificaciones técnicas, cómo va a cumplir los requisitos del contrato. Si lo justifica, el precio bajo no basta para dejarlo fuera.
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El procedimiento y sus plazos
Declarar inadmisible una oferta por temeraria no es una decisión de una línea en el acta. Tiene un procedimiento con dos etapas y dos plazos, ambos en días hábiles, y saltárselos es lo que después se cae en un reclamo.
Primero, la solicitud al proveedor. La comisión evaluadora o el evaluador pide por el Sistema de Información que el oferente entregue antecedentes que justifiquen sus precios, costos o los parámetros de su oferta. El proveedor tiene tres días hábiles para responder.
Segundo, la revisión y la decisión. La comisión analiza los antecedentes recibidos y emite un informe con la propuesta de adjudicar o de declarar inadmisible la oferta, dentro de cinco días hábiles.
El punto que se olvida: la decisión tiene que quedar fundada en ese informe. No se declara inadmisible por ser la más barata, sino porque los antecedentes entregados, o su ausencia, no permiten sostener que el contrato se va a cumplir.
- Solicitud al proveedor por el Sistema de Información: 3 días hábiles para responder.
- Revisión de antecedentes e informe de la comisión: 5 días hábiles.
- Resultado: propuesta de adjudicar o de declarar inadmisible, siempre fundada.
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Cómo defiende un proveedor un precio bajo
Si te llega la solicitud, no es una acusación: es la oportunidad de mostrar por qué tu precio se sostiene. Lo que la entidad necesita ver es la estructura de costos detrás de la oferta y por qué en tu caso es real.
Sirve todo lo que explique la diferencia con hechos: una estructura de costos desagregada, contratos vigentes con proveedores que te dan mejores condiciones, capacidad instalada que ya está pagada, economías de escala por volumen, tecnología propia o experiencia previa en contratos equivalentes al mismo precio.
Lo que no sirve es responder que el precio es competitivo o que se ajusta al mercado. Esa es exactamente la afirmación que se está pidiendo probar.
El plazo es corto, tres días hábiles, así que conviene tener armada la memoria de cálculo desde antes de ofertar. Si preparaste bien la oferta, esa información ya existe.
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El precio más bajo no siempre es el más conveniente
La figura de la oferta temeraria existe porque el sistema reconoce algo que la práctica confirma: el precio más bajo puede salir muy caro si no cumple. Una adjudicación barata que termina en incumplimiento, multas, término anticipado y una nueva licitación cuesta más que haber pagado la diferencia.
Por eso la evaluación mira más que el precio, y por eso la entidad tiene el deber de preguntar cuando algo no cuadra en vez de adjudicar y cruzar los dedos.
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