Saltar al contenido
Gestor PúblicoCentro de Conocimiento
Guía

Evaluación de ofertas: criterios, comisión evaluadora y jurisprudencia

Cómo se evalúan las ofertas en una licitación: criterios del artículo 55, cuándo es obligatoria la comisión evaluadora y qué puede y no puede decidir.

Elías González M.
Guía de referencia · 10 artículos relacionados · Revisada el
En este artículo
  1. Los criterios de evaluación son el corazón del proceso
  2. Cuándo es obligatoria la comisión evaluadora
  3. Cómo debe conformarse y funcionar
  4. Lo que la comisión evaluadora puede y lo que no puede hacer
  5. Lo que ha fijado la Contraloría

Evaluar ofertas es aplicar a cada una los criterios y ponderaciones que fijan las bases, de forma objetiva y verificable (artículo 55 del Reglamento). Si la licitación supera las 1.000 UTM o su evaluación es compleja, la hace una comisión evaluadora de al menos tres personas, en su mayoría funcionarios públicos (artículo 54). La comisión recomienda; la autoridad adjudica.

Muchos procesos no se caen por falta de oferentes, sino por criterios de evaluación mal diseñados o por comisiones mal integradas. Evaluar no es solo asignar puntajes: es ejercer una función pública con responsabilidad administrativa.

Esta guía reúne las dos caras del asunto: cómo se diseñan los criterios y cómo debe conformarse y funcionar la comisión que los aplica.

Los criterios de evaluación son el corazón del proceso

El artículo 55 del Reglamento (DS 661) es claro: los criterios no están para adornar las bases, sino para seleccionar la mejor oferta de forma objetiva, verificable y alineada al objeto de la contratación.

No todo es precio. También pesan los plazos de entrega, la calidad técnica, la experiencia en el rubro, el cumplimiento formal, los programas de integridad y los criterios sustentables con ponderación responsable. Un buen diseño permite comparar ofertas reales, evitar distorsiones y ofertas anómalas, y defender la decisión ante auditorías y Contraloría.

Desarrollado en 1 artículo del blog

Criterios de evaluación en licitaciones: cómo definirlos

Profundiza enCurso: Cómo ofertar a una licitación →Guía: cómo preparar una oferta →

Cuándo es obligatoria la comisión evaluadora

El artículo 54 del Reglamento es categórico: en licitaciones cuya evaluación revista gran complejidad o cuyo monto supere las 1.000 UTM, la evaluación debe ser realizada por una comisión integrada por al menos tres personas, donde la mayoría debe tener la calidad de funcionarios públicos, con el objetivo de resguardar la probidad administrativa, la imparcialidad y la libre competencia entre oferentes.

En licitaciones de monto igual o inferior no existe una exigencia legal automática, salvo que la complejidad técnica del proceso o el Manual de Procedimientos lo justifiquen y así se establezca expresamente en las bases. La norma permite, de manera excepcional y fundada, integrar personas externas, pero siempre en número inferior al de los funcionarios públicos, porque quienes evalúan responden administrativamente por sus decisiones.

Desarrollado en 1 artículo del blog

Ahora Compro"… y te hacen esta pregunta en vivo

Cómo debe conformarse y funcionar

La Directiva de Contratación Pública N°14/2026 puso el foco en el correcto funcionamiento de las comisiones. Según la directiva, la comisión es obligatoria cuando la licitación supera las 1.000 UTM o el proceso es de alta complejidad técnica, y es buena práctica incluso en procesos menores.

Una comisión bien conformada tiene mínimo tres integrantes en número impar, combina perfiles técnicos y de compras públicas, cuenta con mayoría certificada por ChileCompra y no mezcla roles: evaluar no es lo mismo que adjudicar ni que elaborar las bases. Debe funcionar con método (estudiar bases y criterios, evaluar técnica y económicamente, dejar acta, elaborar un informe completo y fundado, publicar todo en Mercado Público) y respetar objetividad, transparencia, confidencialidad y probidad, evaluando solo lo que está en las bases.

Desarrollado en 1 artículo del blog

Comisión evaluadora: requisitos y buenas prácticas

Lo que la comisión evaluadora puede y lo que no puede hacer

La comisión recomienda; la autoridad decide. Es una distinción que todavía se confunde en varias entidades: «la comisión decidió revocar el proceso» es una frase que no debería existir, porque la comisión no tiene esa competencia.

Respetar las competencias no es un formalismo: es seguridad jurídica para el servicio y para quienes integran la comisión.

  • Puede aplicar los criterios y ponderaciones definidos en las bases.
  • Puede declarar inadmisibilidades y calcular puntajes.
  • Puede recomendar adjudicar o proponer que la licitación se declare desierta.
  • No puede revocar la licitación ni adjudicar por sí misma: eso corresponde a la autoridad.
  • No mezcla roles: evaluar, adjudicar y elaborar bases son funciones distintas.

Integración y publicidad

En las licitaciones de gran complejidad y en todas las superiores a 1.000 UTM, las ofertas deben ser evaluadas por una comisión de al menos tres funcionarios, sin conflictos de interés con los oferentes, y su integración se publica en el Sistema de Información antes de la apertura de las ofertas (DS 661/2024, artículo 54).

Desarrollado en 2 artículos del blog

¿Puede la comisión evaluadora revocar una licitación? · Comisión evaluadora: requisitos y buenas prácticas

Lo que ha fijado la Contraloría

La jurisprudencia administrativa aterriza la norma y fija límites claros:

  • Dictamen N° E95077/2025: la designación de los integrantes corresponde a la autoridad administrativa competente; es discrecional dentro del marco legal, no arbitraria.
  • Dictamen N° 88.917/2016: la comisión debe designarse oportunamente, antes de la emisión del informe de evaluación. Nada de regularizar después.
  • Dictamen N° 305/2016: los evaluadores no pueden tener conflictos de interés; la evaluación debe ser objetiva y transparente, respetando la igualdad de los oferentes y la estricta sujeción a las bases.
Desarrollado en 1 artículo del blog

Ahora Compro"… y te hacen esta pregunta en vivo

Preguntas frecuentes

¿Cuándo es obligatoria una comisión evaluadora?

Cuando la licitación supera las 1.000 UTM o su evaluación reviste gran complejidad, según el artículo 54 del Reglamento. Debe tener al menos tres integrantes, con mayoría de funcionarios públicos.

¿Pueden participar personas externas a la institución?

Sí, de manera excepcional y fundada, pero siempre en número inferior al de los funcionarios públicos, porque quienes evalúan responden administrativamente por sus decisiones.

¿Cuándo debe designarse la comisión?

Oportunamente, antes de la emisión del informe de evaluación, conforme al dictamen N° 88.917/2016 de la Contraloría. No procede regularizar la designación después.

¿Se puede evaluar con criterios que no estén en las bases?

No. Rige la estricta sujeción a las bases: la comisión evalúa solo lo que las bases establecieron, sin incorporar criterios posteriores.

¿Puede la comisión evaluadora revocar una licitación?

No. La comisión evalúa, calcula puntajes, declara inadmisibilidades y recomienda adjudicar o declarar desierto el proceso. Revocar es una decisión de la autoridad, mediante acto administrativo fundado.

¿Cuántos integrantes debe tener la comisión evaluadora?

Al menos tres funcionarios cuando la licitación supera las 1.000 UTM o es de alta complejidad técnica; en número impar como buena práctica, combinando perfiles técnicos y de compras públicas.

¿Qué es la readjudicación y en qué plazo se puede hacer?

Es dejar sin efecto la adjudicación original y adjudicar al oferente siguiente en puntaje cuando el adjudicado no firma, no acepta la orden de compra o no cumple las bases. El artículo 58 del Reglamento da 60 días CORRIDOS desde la publicación de la adjudicación original, salvo que las bases digan otra cosa. No es automática: exige acto administrativo fundado y respetar el orden de puntaje del acta de evaluación.

¿Cuándo se declara desierta una licitación?

Según el artículo 62 del Reglamento, cuando no se presentan ofertas, cuando todas son inadmisibles o cuando no son convenientes para la entidad. Las ofertas se declaran inadmisibles cuando no se ajustan a las bases, la ley o el reglamento (artículo 59), con resolución fundada y publicada.

Fuentes y normativa relacionada

Esta guía reúne y ordena publicaciones propias sobre la materia. Tiene finalidad formativa: verifica siempre la normativa vigente aplicable a tu caso concreto.

¿Te sirvió? El Gestor publica esto todos los días.

Síguelo donde más te acomode, o recibe el radar del sector en tu correo más abajo.

Todos los artículos sobre evaluación de ofertas y comisión evaluadora

10 publicaciones que profundizan cada punto de esta guía.

Ver Licitaciones Públicas →
Licitaciones Públicas12 feb 2026·1 min

🚨 La Comisión Evaluadora NO puede revocar una licitación.

Y sí… todavía veo este error en varias entidades públicas. En una ocasión escuché: “La Comisión decidió revocar el…

Licitaciones Públicas3 feb 2026·2 min

🚨 ¿Tu Comisión Evaluadora te protege… o te expone a un reclamo?

(Sí, una mala comisión puede arruinar todo el proceso de compra) En Compras Públicas no basta con evaluar bien. Hay que…

Licitaciones Públicas6 ene 2025·2 min

🫀 El corazón de una licitación son los criterios de evaluación.

(Y si laten mal… la compra fracasa) Muchos procesos de compra se caen, se judicializan o terminan en malas decisiones…

Licitaciones Públicas9 ene 2026·2 min

⚠️ Revocar un proceso no es capricho, hacerlo a tiempo también es buena gestión

En compras públicas, cuando algo sale mal en un proceso, aparece la gran duda ¿Se puede revocar o ya es demasiado…

Licitaciones Públicas17 dic 2025·3 min

🎤 “Ahora Compro”… y te hacen esta pregunta en vivo

¿Quién evalúa realmente las licitaciones complejas o sobre 1.000 UTM? Imagina la escena. Estás en Ahora Compro. Luces…

Licitaciones Públicas3 abr 2026·2 min

😰 PUBLICASTE… Y TE DIJERON: “YA NO LO NECESITAMOS”

Hay errores que en compras públicas no duelen… hasta que haces clic en “Publicar”. Y justo después… aparece alguien…

Licitaciones Públicas2 ene 2026·2 min

🎺 Cuando los criterios no son objetivos… suena cualquier cosa (y no es música)

En compras públicas, todos hemos visto esta escena Bases bien armadas, ofertas sobre la mesa… y de pronto, en la…

Licitaciones Públicas1 nov 2025·2 min

🛑 ¿Te ha pasado esto en una licitación?

La comisión evaluadora comienza a revisar ofertas… pero no aplica los criterios definidos en las bases ‍‍ Sí, lo sé…

Probidad y Normativa21 nov 2025·2 min

🚨 ¿Estás EXIGIENDO obligatoriamente implementar programas de integridad en tus bases… sin poder hacerlo?…

Durante 2025 la Contraloría ha sido categórica respecto del uso de los programas de integridad y ética empresarial en…

Licitaciones Públicas17 ene 2026·2 min

¿Te ha pasado que, en una evaluación, alguien dice:

“Evaluemos mejor así, es más justo”? En compras públicas, esa frase es una alerta roja . El artículo 10 de la Ley de…

¿Tus criterios seleccionan realmente la mejor oferta?

Revisamos el diseño de criterios y la conformación de comisiones antes de publicar.

Recurso gratis

Descarga el checklist de habilitación en Mercado Público

La diferencia entre tener cuenta y estar habilitado, los 4 pasos y los 7 errores que dejan fuera a las pymes. Te lo enviamos a tu correo.