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Convenio Marco: qué es, cuándo procede y cómo funciona el catálogo para compradores y proveedores

Artículos 85 a 92 del Reglamento: cuándo se consulta el catálogo, la gran compra sobre 1.000 UTM, las condiciones más ventajosas y qué exige al proveedor.

Elías González M.
Guía de referencia · 5 artículos relacionados
En este artículo
  1. Qué es el Convenio Marco y cuándo procede
  2. Cómo se licita y qué protege a las empresas de menor tamaño
  3. La obligación del comprador: consultar el catálogo antes de…
  4. La gran compra: sobre 1.000 UTM
  5. Condiciones más ventajosas fuera del catálogo

«Preparé toda la licitación… y después me di cuenta de que el producto estaba en Convenio Marco.» Horas de trabajo que se pudieron evitar. El Decreto 661 pone orden: el catálogo se consulta antes de licitar, no después.

Qué es el Convenio Marco y cuándo procede

El artículo 85 del Reglamento de Compras es claro: el Convenio Marco procede para bienes y servicios estandarizados, de demanda regular y transversal, por montos superiores a 100 UTM. No es opcional: es regla general.

Para el proveedor es un catálogo. Se entra participando en una licitación que convoca la Dirección de Compras y, una vez adjudicado, comienza una etapa permanente de gestión comercial y operativa: administrar fichas, precios, stock, cobertura y condiciones, y atender las órdenes y los procesos derivados con capacidad real de cumplimiento.

Desarrollado en: Convenio Marco: revísalo antes de licitar

Cómo se licita y qué protege a las empresas de menor tamaño

Según los artículos 86 y 87 del Reglamento, la Dirección de Compras licita el Convenio Marco con criterios proporcionales, sin discriminar a empresas de menor tamaño y promoviendo proveedores locales por zonas geográficas. Todo se traduce, conforme al artículo 88, en un catálogo público y actualizado en el Sistema de Información.

Para una pyme eso significa que el catálogo no está reservado a grandes distribuidores. La barrera real es operativa: mantener la ficha y el stock al día y responder cada orden en plazo.

Desarrollado en: Convenio Marco: revísalo antes de licitar

La obligación del comprador: consultar el catálogo antes de comprar

El artículo 89 fija la regla que ordena el mercado: antes de iniciar cualquier procedimiento superior a 100 UTM, la entidad debe consultar el catálogo. Si el bien está disponible, corresponde emitir la orden de compra, salvo que existan condiciones más ventajosas fuera del convenio.

La compra ágil es la excepción: hasta 100 UTM no obliga a consultar el catálogo, se formaliza con la sola orden de compra y no requiere acto administrativo.

Para el proveedor

Estar en el catálogo te pone primero en la fila de toda compra sobre 100 UTM de ese bien o servicio. Fuera del catálogo, compites solo cuando el comprador puede demostrar condiciones más ventajosas.

Desarrollado en: Convenio Marco: revísalo antes de licitar · Compra Ágil y pymes: ¿fomento real o simple trámite?

La gran compra: sobre 1.000 UTM

Cuando la compra por convenio supera las 1.000 UTM, el artículo 90 la trata como gran compra: comunicación obligatoria a todos los proveedores adjudicados en el convenio, un mínimo de 10 días hábiles para ofertar y un cuadro comparativo que fundamente la decisión.

Es una segunda competencia dentro del catálogo. Para el proveedor adjudicado es el momento de afinar precio, plazo y condiciones de entrega para un volumen mayor; para el comprador, la oportunidad de obtener mejores condiciones con trazabilidad completa.

Desarrollado en: Convenio Marco: revísalo antes de licitar

El artículo 92 permite comprar fuera del convenio cuando existan condiciones más ventajosas, pero exige que sean objetivas, demostrables y sustanciales, y el comprador debe estar preparado para justificarlas ante la fiscalización.

Bien usado, el Convenio Marco es una herramienta de eficiencia, transparencia, competencia, participación de proveedores locales y control del gasto público. Ignorado, abre flancos innecesarios: una licitación completa que Contraloría puede observar porque el bien ya estaba en el catálogo.

Desarrollado en: Convenio Marco: revísalo antes de licitar

Profundiza en: Volver a la guía: cómo vender al Estado · Compra ágil: requisitos, límites y cotizaciones

Preguntas frecuentes

¿Desde qué monto aplica el Convenio Marco?

Para bienes y servicios estandarizados, de demanda regular y transversal, por montos superiores a 100 UTM (artículo 85 del Reglamento).

¿Un comprador puede licitar algo que está en el catálogo?

Solo si acredita condiciones más ventajosas fuera del convenio, que deben ser objetivas, demostrables y sustanciales (artículo 92). De lo contrario debe emitir la orden de compra por el catálogo.

¿Qué es una gran compra?

Una compra por convenio marco sobre 1.000 UTM. Obliga a comunicar a todos los proveedores adjudicados, dar al menos 10 días hábiles para ofertar y fundar la decisión en un cuadro comparativo (artículo 90).

¿Cómo entra una empresa a un Convenio Marco?

Participando en la licitación del convenio que convoca la Dirección de Compras y cumpliendo sus bases. Adjudicada, debe administrar su ficha, precios, stock y cobertura en el catálogo.

Fuentes y normativa relacionada

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